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Fuerte jalón de orejas a Petro por la C.I.D.H por incumplir una sentencia judicial del Magdalena de mas de 14 años

Actualizado: 5 jun

Los hechos de este "macondiano caso" se remontan al año 2.003 en el Municipio de Pueblo Viejo (Magdalena) cuando los menores, hoy mayores de edad: DAMIAN OJEDA Y ELIECETH OJEDA demandaron en perjuicios a la E.S.E Hospital Local de San José de Pueblo Viejo y la E.S.E Hospital de San Cristóbal de Ciénaga, ambos establecidos en el Departamento del Magdalena, por que le habían ocasionado la muerte de su progenitora por un error médico que se conoce comúnmente como paseo de la muerte.


La sentencia fue emitida a su favor por los jueces administrativos de santa marta el 06 de Agosto del 2.010 por una *millonaria suma ; y hasta la presente fecha (14 años después) ninguno de los gerentes de turno ha querido pagarla alegando déficit presupuestal por el no giro de partidas provenientes del Ministerio de Salud, echando culpa a sus antecesores gerentes nombrados a dedo y por el capricho del político de turno.


Actualmente, la deuda está sextuplicada (representa 6 veces el valor inicial) por la mora en el cumplimiento de una orden judicial y la indebida administración de recursos a nivel municipal y departamental a cargo de los gerentes de estos hospitales.


Nuestra firma escalonó estos actos de corrupción administrativa y presupuestal a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el mes de octubre del 2.024 y el pasado 15-05-25 nos informa que ha mandado petición por queja directamente a la Presidencia de la República de Colombia, cuyo titular es el actual presidente de la nación: Gustavo Petro Urrego, ordenando cumplir la decisión judicial en un término máximo de 3 meses.

"Cuando la C.I.D.H remite petición al Estado por queja de ciudadanos le da un plazo no mayor a tres meses , para que éste pueda presentar una respuesta. En ese momento la petición será considerada procesalmente lista para la elaboración de un informe en el que se adoptará una decisión sobre la admisibilidad de la petición.


Si resulta admisible esta queja ante el Sistema Interamericano, la Comisión notificará a las partes el informe de admisibilidad y pasará a la etapa de fondo, en la cual se determinará si el Estado es responsable por la violación de uno o más de los derechos y libertades consagradas en los tratados internacionales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre los cuales la CIDH tiene competencia".


Si hay renuencia del Estado a cumplir, vendrán sanciones que dejarán muy mal parado al estado Colombiano y reconocerán también reparaciones materiales adicionales y simbólicas a las victimas.


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es un instrumento legal con el que cuentan los particulares cuando por la via judicial interna de los estados no se pueden cumplir los derechos fundamentales, en este caso se violó el plazo razonable judicial "explicó el abogado Victor Rios Mercado.



Por el otro lado, Jesús Francisco Molina Peñaloza es el actual gerente del Hospital San Cristóbal de Ciénaga, un odontólogo con especialización en Gerencia de Servicios de Salud y Auditoría en la Calidad de la Salud.


*Por derecho de reserva de los afectados no publicamos el valor de sus perjuicios.


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1 Comment

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Guest
May 16

Excelente nuestro país está en pañales o incapaz de resolver asuntos de gran importancia que van en contra de los Derechos Humanos

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