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Ministerio de Cultura señala que la Subestación Eléctrica del Barrio Boston no puede ajustarse al P.E.M.P

Foto del escritor: lawyersforeveryonelawyersforeveryone

Actualizado: 8 oct 2024

El pasado 25 de Septiembre del 2.024, el Ministerio de Cultura, dio a conocer en comité de verificación cual era su postura frente a orden judicial del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que obligaba tanto a la Alcaldía de Barranquilla como a la empresa Energía de Colombia STR SAS E.S.P., para que se ajustaran en un año la construcción y funcionamiento de la subestación eléctrica Estadio, ubicada en pleno corazón del barrio Boston de Barranquilla al Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP).


Esta infraestructura se encuentra actualmente ubicada en la Carrera 46 entre Calles 61 y 62, del Proyecto UPME-STR-02-2019-ATLÁNTICO, y se levantó infringiendo el PEMP del sector comprendido por los barrios El Prado, Bellavista, y una parte de Altos del Prado, como bien de interés cultural de carácter nacional, y que fue aprobado mediante Resolución DM 0068 del 24 de marzo de 2021.


La máxima autoridad de Colombia en la protección de los derechos culturales consideró que era inviable hacer adecuaciones al marco de protección de cultura, ya que desde un principio las entidades obligadas debieron obtener las licencias primeramente ante el Ministerio, es decir que no se podía ajustar lo que no contaba con los permisos correspondientes. Descargue aquí el concepto.

2 Audiencia de verificación de cumplimiento de sentencia convocada por el Juzgado 1 administrativo del circuito de Barranquilla y celebrada el 25.09.24.


Esta decisión judicial se dio el pasado 19.06.24 dentro del proceso de acción popular bajo el radicado 8001333300120230013900 contra SOCIEDAD ENERGÍA DE COLOMBIA STR S.A.S, donde nuestra firma intervino como coadyuvante presentando un importante y decisivo grueso de prueba documental que permitió una sentencia judicial apelada en favor de la ciudadanía Barranquillera, ya que la primera decisión judicial fue desfavorable.


El mecanismo para la protección de los derechos fundamentales colectivos se propuso puesto que en el año 2.021 la empresa EMPRESA ENERGÍA DE COLOMBIA STR S.A.S E.S.P, dedicada a la Transmisión, Control y Distribución de Energía Eléctrica gestionó la licencia de construcción ante la CURADURIA URBANA No 2 DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA (RESOLUCIÓN N° 881 DE 2021) y la licencia de uso de suelo por parte de la SECRETARIA DE PLANEACIÓN DE LA ALCALDIA DE BARRANQUILLA (R-024-2021) para la construcción de SUBESTACION ELÉCTRICA en los predios que anteriormente se identificaban con las nomenclaturas urbanas: Carrera 46 No. 60-56 / Calle 61 N° 46 – 14 y Carrera 46 N° 60 - 06/30 de esta ciudad sin contar con el aval del Ministerio de Cultura.


Por estos irregulares hechos que nuevamente ponen muy mal parados a las autoridades de Barranquilla se encuentran investigados penalmente, los servidores del estado: SECRETARIO DE PLANEACIÓN DE LA ALCALDIA DE BARRANQUILLA: JUAN MANUEL ALVARADO NIVIA, CURADORA No 2 DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA: LILIA MARGARITA AMAYA NUÑEZ, el actual SECRETARIO DE CONTROL URBANO Y ESPACIO PUBLICO DE BARRANQUILLA: ANGELO CIANCI y el rep. legal de la empresa privada involucrada por los presuntos delitos de PREVARICATO POR OMISIÓN Y URBANIZACIÓN ILEGAL.


"Ya el daño esta hecho y se abre la compuerta judicial para que los afectados demanden a la Alcaldía de Barranquilla por el impacto negativo de esta infraestructura debido a que lo ilegal desvaloriza el entorno, es decir las propiedades de los predios aledaños"


"Los comités de verificación tienen como fecha plazo hasta el 19 de Junio del 2.025 y se pronostica desde ya que no se cumpla la orden del juez. El ajuste a la norma es imposible y se debe además contemplar una reubicación de esta infraestructura eléctrica teniendo en cuenta que no se puede adecuar lo que nació y terminó ilegal infringiendo la Ley 1185 del 2.008".


"Mientras tanto esperaremos que se cumpla el plazo judicial para reactivar los mecanismos judiciales y recuperar la tranquilidad de la comunidad", destacó el jurista y defensor de derechos humanos: Víctor Manuel Ríos Mercado.


Si desea representación o conoce a algún afectado con esta infraestructura que requiera orientación legal para reclamar daños y perjuicios haga click AQUI.


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