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Prisión perpetua: "POPULISMO PUNITIVO"

Foto del escritor: Luis Angel Martinez AngelLuis Angel Martinez Angel

Actualizado: 19 jul 2024


En el mes de marzo del presente año, el Ministro de Justicia y del Derecho, Wilson Ruiz Orejuela, radicó ante la secretaría del Senado de la República el proyecto de ley que reglamenta la prisión perpetua para abusadores y asesinos de menores de edad.


De esta manera se cumple con lo ordenado en el parágrafo transitorio del acto legislativo 01 de 2020, que obliga al Gobierno Nacional a radicar ante el Congreso de la República el proyecto de ley que reglamente la cadena perpetua antes del 22 de julio de 2021.


Dicho proyecto de ley, reglamenta los elementos esenciales que caracterizan la modificación hecha el año pasado al artículo 34 de la Constitución Política, a partir de la cual se permite imponer la pena de prisión perpetua, como son: su condición excepcional; el control automático de la pena de prisión perpetua ante el superior jerárquico, doble conformidad; y la revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años, para evaluar la resocialización del condenado. Señaló el ministro al radicar el proyecto, que “Estamos poniendo en manos del Congreso de la República una iniciativa que es un compromiso del Presidente Iván Duque Márquez con los niños, niñas y adolescentes del país”.


Infortunadamente, como lo dijo el ministro, para cumplir compromisos políticos adquiridos durante su campaña, el Presidente de la República y los congresistas que hacen parte de la coalición de gobierno, cuya impopularidad está en el 86%, el año pasado aprobaron una reforma constitucional populista, ilógica e innecesaria, por cuanto si el bien más preciado de las personas es la vida, ¿por qué entonces en Colombia hoy los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales tienen una pena superior? Además, como se dijo en su momento, no era necesaria la prisión perpetua, habida cuenta que en el país están vigentes leyes como la 599 de 2000, que establece penas de hasta 60 años de prisión y la 1098 de 2006, que prohíbe otorgarle subrogados penales y rebajas de pena con base en preacuerdos y negociaciones a los autores de estos delitos.


En Colombia los únicos violadores de los derechos fundamentales de los niños no son los llamados “violadores”, habría que mirar, ya que se dio el primer paso, la posibilidad de aplicar la prisión perpetua también a los funcionarios públicos y gobernantes que le causan daño, no a un niño, sino a miles de ellos, cuando se apropian de los recursos destinados al Programa de Alimentación Escolar (PAE), por ejemplo.


En este país de hipócritas no importan los niños, si de verdad importaran, los promotores y defensores de la prisión perpetua, deberían empezar por recoger a los niños de todas las ciudades del país, que, en los semáforos, desescolarizados, semidesnudos y hambrientos suplican una moneda para calmar el hambre y el de sus hermanitos.


Autor:


Luis Angel Martinez Angel

DEFENSOR PÚBLICO

Colaborador autorizado


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