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Conozca en que eventos puede acudir al Ministerio de Trabajo

Actualizado: 10 jul

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El Ministerio de Trabajo es una autoridad administrativa perteneciente a la Rama Ejecutiva del Estado Colombiano de vigilancia y control en asuntos de trabajo creada desde 1.938.


Su labor primordial es la vigilancia y control en el cumplimiento de normas de trabajo, es decir que no son como los jueces, quienes tienen la facultad para dirimir conflictos jurídicos, (decir quien tiene la razón o nó), pero si la de orientar, convocar y asistir como mediador en asuntos laborales (conflictos económicos) cuando se incumplen los derechos a los trabajadores.


Un conflicto económico (individual o colectivo) de trabajo crea, modifica, o suprime condiciones de trabajo, donde la conciliación juega un papel importante al momento de abordar la resolución de conflictos.


Los acuerdos de naturaleza laboral celebrados en estas oficinas se denominan "actas de conciliación" y constituyen autenticas obligaciones que se pueden asimilar a sentencias judiciales, de tal manera que se puede exigir su cumplimiento mediante trámites judiciales abreviados, o también servir de pruebas para exigir otros derechos en trámites judiciales más complejos.


Las actas de conciliación que expide el Ministerio de Trabajo gozan de presunción de legalidad, prestan mérito ejecutivo y hacen tránsito a cosa juzgada.


A parte, ciertos funcionarios de este órgano del estado tienen funciones administrativas sancionatorias para investigar y sancionar, pero jamás para reconocer derechos económicos a particulares como indemnizaciones o compensaciones cuando las denuncias parten de una queja de un particular o de oficio y se determinan multas.


¿Es obligatorio arreglar diferencias laborales ante el Ministerio de Trabajo?


No, es opcional, ya que los derechos laborales tienen un contenido público, social y económico.


El Estado tiene un interés público el cumplimiento de estas normas, de tal manera que no se puede obligar a un particular a que agote este requisito para iniciar un tramite judicial.


¿Si no es obligatorio para el ciudadano, entonces para que existen las oficinas de trabajo del Ministerio de Trabajo?


Porque el Estado se debe preocupar por la orientación de sus asociados (los ciudadanos) frente a las dudas y velar porque se respeten normas laborales, para evitar en cierto grado las reclamaciones judiciales cuando se pueden prever.


¿Cuando se recomienda acudir a una oficina de trabajo?


Cuando el ciudadano no tiene como cancelar una asesoría especializada y privada en materia laboral. Y de manera estratégica, cuando pese a tener los recursos económicos, busca que el citado (empleador) haga manifestaciones o reconocimientos que quedarán en actas de conciliación que le puedan beneficiar en un juicio más complejo.


¿Un acta de conciliación celebrada en una oficina de trabajo del Ministerio puede quedar sin efectos?


Por su puesto, cuando al celebrarse se llevó acabo menoscabando derechos ciertos e indiscutibles.


Ej: Se concilió que un empleador esta a paz y salvo con un trabajador porque le pago las primas semestrales, y quedó pendiente otras obligatorias como las vacaciones, cesantías, intereses sobre cesantías, etc.


¿Cual es la vigencia de un acta de conciliación celebrada ante el Ministerio de Trabajo?


-5 años a partir de su firma.


¿Puedo presentar cualquier asunto laboral ante el ministerio de trabajo?


Si, pero se hace claridad que se abordarán derechos ciertos e indiscutibles, como el no pago de salarios, o alguna otra prestación social como primas, cesantías, intereses sobre cesantías, vacaciones, subsidio de transporte, aportes parafiscales (salud, pensión y riesgos laborales), u otro derecho no plasmado en el Código Sustantivo de Trabajo pero plasmado en un contrato laboral por escrito.


Es decir, que si no existe el derecho en el código sustantivo de trabajo o en un contrato escrito celebrado entre las partes, será un derecho incierto y discutible que sólo podrá ser abordado en los estrados judiciales.


¿En que circunstancias el Ministerio puede investigar y sancionar administrativamente a un empleador dentro de sus competencias?


Cuando considere que la conducta incumple normas de trabajo y que se encuentre en normas como la Resolución 0312 de 2019 (estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–), el Decreto 1295 de 1994 (sistema de riesgos profesionales) y la Ley 1610 de 2013.


Esta reglamentación se realiza a través de un método reglado establecido en la Constitución Política, en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011), en la Ley 1610 de 2013 y demás normas específicas y concordantes.


Fuente: Ley 2220 del 2.022


Víctor Manuel Ríos Mercado

Abogado Magister en Derechos Humanos

Instituto Europeo Campus Stellae de España

Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898

Colombia-Sur América


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