top of page
  • devicon_twitter (1)
  • iconoir_facebook (1)
  • teenyicons_instagram-outline (1)

¿Cómo un trabajador puede recuperar las semanas cotizadas en pensión?

Actualizado: hace 6 días


ree

La recuperación de semanas cotizadas en pensión de un trabajador puede obedecer a que el empleador nunca realizó su afiliación al sistema general de pensiones, o por el contrario, si lo afilió, pero dejó de cotizar.


En el primer caso, para mi juicio, es mas complicado por que se debe presentar una demanda ante la jurisdicción laboral ordinaria, para que sea un juez, el que obligue al empleador a realizar dichos aportes.


Estas demandas prosperarán de acuerdo a la prueba que sepa administrar el apoderado judicial, y en parte se sustenta en material documental como contratos de trabajo, convenios de pago, conciliaciones, certificados de trabajo, etc.


Mientras que, el segundo caso es mas fácil, puesto que ya existe una afiliación vigente al sistema y al no existir una novedad de desafiliación, será mas fácil demostrar el vinculo vigente con la administradora de pensiones y determinar que periodos están en mora o dejaron de pagarse.


A parte, cuando este caso sucede, se debe vincular judicialmente tanto al empleador como al fondo de pensiones para que respondan solidariamente dado que el primero responde por el no pago y el segundo, por su no cobro.


Estos derechos se pueden exigir en cualquier tiempo y NO PRESCRIBEN, es decir que no se extinguen por el paso del tiempo; sin embargo, si se reclaman dentro de los 3 años posteriores a este hecho se pueden reclamar millonarias indemnizaciones en favor del trabajador.


Recomiendo siempre estar atentos al historial de las semanas cotizadas en pensión cada año, dado que es frecuente observar faltantes de semanas en las cotizaciones tanto al inicio, durante y al finalizar todo contrato laboral.


Cuando el cotizante es independiente, esta en un fondo público y deja de cotizar, se recomienda no reportar la novedad para poder recuperar el tiempo pasado dejado de aportar.


Este fenómeno genera un concepto que se llama "Deuda Presunta" que se origina por ausencia en el pago de aportes pensionales a Colpensiones, errores en la información declarada o por ausencia en el reporte de novedades de retiro que impiden establecer la terminación de alguna actividad profesional.


El procedimiento es breve. Para cancelar aportes pensionales generados por ausencia de pago, debe diligenciar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, la cual puede liquidar a través del Operador de Información de su preferencia.


Éxitos en su reclamación y si tiene dificultades no olvide contactarnos.


Victor Rios Mercado

Abogado Magister en Derechos Humanos

Instituto Europeo Campus Stellae de España

Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898


Quedaste con dudas?. Programa tu cita desde la comodidad de tu ordenador o celular haciendo click AQUI 


Para más información de nuestros servicios legales visite nuestra página web:



Comparte este artículo y síguenos en nuestras Redes Sociales:


abogadorios
abogadorios
abogadorios77
abogadorios77
lawyers4everyone
lawyers4everyone
riosmercado
riosmercado









 



Comentarios

Obtuvo 0 de 5 estrellas.
Aún no hay calificaciones

Agrega una calificación
Rectangle (8).png

CONTÁCTANOS

Nuestro equipo de abogados esta preparado para asistirte en cualquier situación legal.

Abogados Especializados en Colombia
Dirección

Carrera 65 No 58-88 Barranquilla, Atlántico, Colombia.

Mail: lawyersforeveryone@gmail.com

Teléfonos:

+57 300 8189898

+57 316 2849211

+57 301 2917256

Para preguntas generales, por favor completa el siguiente formulario:

¡Gracias por tu mensaje!

© 2024 L4E Abogados Especialistas, todos los derechos reservados. Diseñado por Markdebrand.

bottom of page