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Desaparece poste eléctrico en el Barrio Paraíso

El pasado 14 de julio de 2026, en las instalaciones de la Inspección Veintiséis de Policía Urbana adscrita a la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público, dentro del proceso verbal con el Radicado No. IU26-061-2025, se determinó la remoción de poste eléctrico dispuesto o colocado inapropiadamente por la empresa AIRES ESP SAS sobre andén peatonal en la Carrera 67 con Calle 79.


Esta queja urbana fue presentada y promovida por Victor Rios Mercado, activista y defensor de derechos humanos en la ciudad de Barranquilla en virtud a las contínuas quejas de vecinos y moradores que debían abandonar la zona peatonal en esta zona entorpeciendo el derecho legítimo a la locomoción.


"Esta reclamación tuvo una duración de 14 meses y fue complejo desde un principio porque así como la empresa AIRES, se servía de la estructura para disponer cableado eléctrico, también existían otros servicios como el cableado por fibra óptica de empresas de telecomunicaciones".


"Finalmente se pudo determinar la responsabilidad absoluta de la empresa de suministro de energía eléctrica porque fue la responsable de su instalación y se hizo respetar el espacio público cuando las autoridades de control se hacen los de la vista gorda".


"En Barranquilla y su área metropolitana existen cientos de postes eléctricos mal ubicados, los cuales no se denuncian por indiferencia de la ciudadanía, siendo que el derecho a gozar el espacio público es un derecho fundamental humano".


"Un poste eléctrico mal ubicado dentro de cualquier ciudad, entorpece la locomoción, expone a los peatones a peligros innecesarios y desvaloriza los predios aledaños", destaco el activista y defensor de derechos humanos: Victor Rios Mercado.


Dentro de la decisión administrativa se dispuso declarar infractor a AIR-E S.A.S. E.S.P. intervenida con NIT 901.380.930-2 del comportamiento contrario a la integridad urbanística consistente en intervenir en bienes de uso público y terrenos afectados al espacio público, previsto en el literal a), numeral 3 del artículo 135 de la Ley 1801 de 2016, por la instalación y permanencia del poste sobre la franja de circulación peatonal del espacio público, y además impuso la medida correctiva de remoción de bienes al infractor, consistente en la remoción del poste para soporte de redes y luminaria, instalado sobre la franja de circulación peatonal del espacio público en la Carrera 67 # 79 - 08, barrio Paraíso, Localidad Norte – Centro Histórico, en un plazo de sesenta (60) días.


Esta decisión fue finalmente cumplida por los responsables el pasado 14 de agosto de 2026, se reestableció el andén en su forma original y el tránsito de peatones en el sector.


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