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El pasado mes de marzo del 2.024 , la justicia de Colombia condenó a Aída Victoria Merlano Manzaneda a 13 años y 10 meses de prisión como coautora del delito de uso de menores en la fuga de presos, por hechos ocurridos el 1 de octubre de 2019. Y sus abogados radicaron recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia muy seguramente para suspender los efectos inmediatos de la sentencia y buscar además la prescripción de la acción penal.
El recurso extraordinario de casación, es un mecanismo de defensa procesal que se puede aplicar a las sentencias que se han emitido en segunda instancia, es decir aquellas donde se ha presentado previamente se ha agotado el recurso ordinario de apelación para que sea modificada una decisión judicial; sin embargo por sus características no es una tercera instancia, si no un medio de control que tiene por objeto someter a un estudio más técnico las decisiones judiciales y cabe la pena destacar que sólo procede:
1.Para ciertas decisiones.
2.Y por motivos taxativamente señalados en la ley.
A parte tiene por fin: defender la unidad e integridad del ordenamiento jurídico, lograr la eficacia de los instrumentos internacionales suscritos por Colombia en el derecho interno, proteger los 102 derechos constitucionales, controlar la legalidad de los fallos, unificar la jurisprudencia nacional y reparar los agravios irrogados a las partes con ocasión de la providencia recurrida. (art 333 del C.G.P)
Por regla general conoce de los mismos la Corte Suprema de Justicia, y se tramita en efecto devolutivo, es decir que el hecho que se tramite no impide que se ejecuten las decisiones judiciales ya resueltas en segunda instancia.
Sin embargo, su efecto devolutivo pasa a ser suspensivo en materia civil , cuando:
Se trate exclusivamente sobre el estado civil, o se trate de sentencia meramente declarativa, o cuando haya sido recurrida por ambas partes.
Cuando quien lo propuso lo solicite y para ello deberá prestar la caución que le fijen.
A parte, independientemente que se haya concedido en efecto devolutivo o suspensivo quedarán vigentes aspectos pendientes como el registro de la sentencia, la cancelación de las medidas cautelares y la liquidación de las costas causadas en las instancias hasta y tanto el máximo tribunal decida. (art 341)
Las anteriores reglas aplican para la jurisdicción civil, familia, y administrativo.
En materia laboral, el recurso de casación se concede en el efecto suspensivo, y por tanto, no se puede hacer efectiva la ejecutoria de las sentencias proferidas en primera o segunda instancia. Por lo anterior, la interposición de este recurso impide el cumplimiento provisional de los fallos e incluso de aquellos aspectos que no fueron objeto de la censura. Sentencia T-346/18.
En materia penal se siguen los mismos efectos que en el laboral, es decir siempre será en efecto suspensivo, con un componente diferente a las anteriores vertientes del derecho civil, y laboral, esto es que no se gobernará por el factor cuantía, y a parte podrá generar efectos favorables para el procesado en lo referente a la suspensión de la acción penal en vigencia de la ley 906 del 2004 de la siguiente manera:
Emitida la sentencia de segunda instancia por el Tribunal y notificada a las partes, la acción penal se interrumpirá por un lapso de 5 años (a partir de la fecha en que se radica el recurso extraordinario), es decir, que la alta Corte ahora contará con este término para decidir y notificarlo a las partes; y de no hacerlo, la interrupción se extingue, y todo el tiempo se abonaría para invocar la prescripción de la acción penal que comenzó a transcurrir a partir de la formulación de imputación, que recordemos es la equivalente a la mitad del extremo máximo punitivo. SENTENCIA SU-126 DE 2022
Por ello, es común observar que las defensas dentro de los procesos penales interpongan un sin fin de recursos y de nulidades para alargar el procedimiento, luego de obtener la libertad provisional de los procesados (y que comúnmente es conocida como libertad por vencimiento de términos) buscando finalmente en sede de casación este instituto (prescripción de la acción penal) que es garantía constitucional de los principios penales y de los derechos humanos: pro homine, pro libertatis, in dubio pro reo y plazo razonable.
Víctor Manuel Ríos Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898
Colombia-Sur América
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