¿En JULIO/21 se aproximan lluvias de regalos en materia disciplinaria?
Actualizado: 8 jul 2021

Al parecer si. Recientemente se ha hecho público ante los medios de comunicación la entrada en vigencia de la ley 1952 del 2.019 que es el código único disciplinario que viene a derogar la ley 734 del 2.002 y cuya pérdida de vigencia esta prevista hasta el próximo 01-07-21. (18 meses despues de su promulgación)
Como novedad legislativa encontramos la aplicación de la prescripción de la accion disciplinaria desde su comisión por acción u omisión, esto significa que si una falta de un servidor público no es definida mediante sentencia en un término de 5 años , opera este fenómeno, que no es mas que el archivo del proceso por haber cesado la facultad que tiene el estado para conocer, investigar y sancionar las conductas irregulares de sus servidores que se constituyan como faltas disciplinarias por el fenómeno del tiempo. Anteriormente se tenia 5 años para denunciar una falta disciplinaria o para que el estado lo hiciese oficiosamente (caducidad), y una vez abierto formalmente la investigación se contaba nuevamente 5 años mas (prescripción), lo que permitía que una investigación pudiese tener una duración de hasta 10 años.
Por ello se tiene previsto el archivo de 10.000 aprox. que esté manejando actualmente la Procuraduría General de la Nación, eso si, sin contar las investigaciones que estén en curso en las demas entidades del estado que cuenten con un régimen disciplinario independiente y no se escaparán de sus efectos los regimenes especiales como por ejemplo los de las fuerzas militares o de policía, ya que por principio de integración y de la norma más favorable se aplicará para despejar el desorden de papeles en los anaqueles de justicia en este pais mas no se augura una solución definitiva. Entre ellos se dará santa sepultura y un saludo a la bandera a los casos mas emblemáticos de la nación como el de la ex-ministra Cecilia Álvarez y Gina Parody, Eder Paolo Ferracuti y el exdirectivo de Odebrecht, Eleuberto Martorellien en el sonado caso del proyecto Ruta del Sol II adjudicado a la multinacional Odebrecht, los casos de Plan de Alimentación Escolar (PAE) en Colombia, la investigación disciplinaria contra el senador Bernardo ‘Ñoño Elías’ por el caso Odebrecht, casos contra Elsa Noguera y el exalcalde Alejandro Char por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Barranquilla, procesos de volteo de tierras en Cundinamarca que involucraron a varios alcaldes y al exgobernador Jorge Rey, y la que cursa actualmente en contra del exdirector de la Policía, general Óscar Atehortúa, por la construcción de casas fiscales en el Tolima.
Para recordarle a nuestros próximos votantes, esta ley fué impulsada por el ex produrador Alejandro Ordoñez (Partido Conservador Colombiano) nombrado por el innombrable, y como siempre son leyes que nada aportan a la realidad judicial del pais ya que como en los otros ámbitos jurisdiccionales (Justicia Ordinaria,Jurisdicción Administrativa,etc) la solución no son las leyes de "vanguardia" que en Colombia se suelen expedir como arroz si no la de dotar a la justicia del personal idóneo y aumentar su logística para contrarrestar la precaria infraestructura con la que cuentan los operadores judiciales actualmente, quienes se ahogan dia a dia y a cuenta gota cuando el exceso de trabajo los asfixia, "hacen lo que se puede" para cumplir estadísticas y ello precariza la calidad de la aplicación de justicia en beneficio de los corruptos.
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Gracias,
Victor Rios Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
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