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Es legal que un trabajador firme en blanco al momento de comenzar su contrato de trabajo?

Foto del escritor: Victor Manuel Rios MercadoVictor Manuel Rios Mercado

Actualizado: 9 sept 2021


No es legal, sin embargo esta costumbre es usual entre muchas empresas que utilizan estos documentos como un "AS" debajo de la manga para "legalizar" lo "ilegal" y de ésta manera ahorrarse algunos pesos adicionales que le corresponden en la práctica al trabajador.


Un documento en blanco firmado por un candidato o trabajador en manos de su empleador o patrono sirve entre otras cosas para :


  1. Dar por terminado cualquier contrato de trabajo de manera unilateral sea cual sea su modalidad (término fijo, indefinido, por obra o labor, manejo y confianza, etc) en todo tiempo y sin que medie motivo alguno. Con ello el trabajador pierde la oportunidad de acceder a una indemnización por despido sin justa causa, le afecta su estabilidad laboral e impide demandar por esta circunstancia si la verdadera razón o causa del despido proviene del empleador. (art. 64 del C.S.T)

  2. Permitirle al empleador "descontar" en todo momento al trabajador cualquier suma de dinero, en especial la contemplada en el art 149 del C.S. de T. y que se comprende además "las compensaciones por concepto de uso o arrendamiento de locales, herramientas o útiles de trabajo; deudas del trabajador para con el empleador, sus socios, sus parientes o sus representantes; indemnización por daños ocasionados a los locales, máquinas, materias primas o productos elaborados, o pérdidas o averías de elementos de trabajo; avances o anticipos de salario; entrega de mercancías, provisión de alimentos, y precio de alojamiento".

  3. Despedir en todo momento mujeres trabajadoras en estado de embarazo pese a que cuentan con una especial protección del estado que se denomina estabilidad laboral reforzada (Sentencia SU075/18), ya que si bien es cierto es ilegítima dicha decisión empresarial, se puede disfrazar esta voluntad de la gestante como si fuese su querer y no se requiere autorización del Ministerio de Trabajo.

  4. Fabricar (crear y simular) contratos firmados por el trabajador modificando las condiciones inicialmente pactadas para desmejorar sus derechos, a través de los llamados OTRO SI.

  5. Legalizar la entrega y el recibido de elementos inexistentes y que por ley son obligatorios que pueden constituir salario o prestaciones legales como el calzado y los uniformes, primas extralegales, bonificaciones, etc.

Si es tu caso y yá firmaste, comunícalo al empleador o al director de recursos humanos por correo electrónico para que quede evidencia o prueba de la existencia del documento y evitar futuras sorpresas , y si te han presentado la hoja en blanco para la firma, lo puedes hacer dejando anotación al pié del mismo de las condiciones del documento y deja el registro del día, la fecha y la hora para que evites su indebida destinación. Con estas sugerencias te estarás blindado y evitarás futuras injusticias.


Cabe la pena destacar que la utilización de un documento en estas condiciones por una empresa del sector privado o público es delito (296 del Código Penal), pudiendose generar otros en el sector público como el prevaricato, el peculado y la celebración indebida de contratos.


Por el otro lado, las consecuencias de utilizar un documento en estas condiciones podrían ser invalidados por orden de un juez en un proceso laboral por estar viciado el consentimiento y acarrear indemnización por daño moral.


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Gracias,



Victor Rios Mercado

Abogado Magister en Derechos Humanos

Instituto Europeo Campus Stellae de España

Whatsapp: (316) 2849211


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