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Diferencias entre un despido laboral ineficaz y uno injusto.

hace 5 días
2 min de lectura

Ambas figuras hacen referencia a la terminación de un contrato de trabajo cuando emana la manifestación de voluntad de una de las partes que celebran un contrato de trabajo.


Un despido laboral será injusto, cuando el trabajador es desvinculado sin una razón justa que contemple el contrato de trabajo, reglamento de trabajo o convención, como de las obligaciones o prohibiciones de que trata el art. 62 del C.S de T.


Es decir, que verificado el incumplimiento se genera la clausula de la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado que esta en el art. 64 del C.S. de T. e implica el derecho a percibir indemnización.


En otras palabras, cuando la empresa despide con justa causa, corresponde reclamar que hubo fue una injusta causa para reclamar indemnización.


Muchas empresas terminan sus relaciones laborales sin una aparente justa causa y reconoce indemnización en los términos del C.S. de T. para evitar futuras reclamaciones porque esta permitido.


Mientras que el despido ineficaz, hace referencia a terminaciones laborales en detrimento de los derechos fundamentales como los despidos de trabajadores pre pensionados, en estados de debilidad manifiesta como inferioridad física, mental o somática, estados de embarazo o cuando está de por medio una violación a los derechos fundamentales que implique discriminación, debido proceso, dignidad humana, etc.


En este ultimo evento opera la ineficacia del despido, el reintegro e indemnización del trabajador, solo si lo contempla la ley.


Sentencia STL 3855-2024 


A nuestro juicio, estas dos figuras hacen referencia a un despido ilegal, dado que todo lo que esta en contra de la Constitución y la ley puede encajar en ambas figuras.


Víctor Ríos Mercado

Abogado Magister en Derechos Humanos

Instituto Europeo Campus Stellae de España

Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898



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