¿Y quien responde por el mantenimiento de las calles?
- Victor Manuel Rios Mercado
- 2 jul 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 10 jun

El mantenimiento de las calles dentro de una ciudad o municipio le corresponden a la SecretarÃa de Obras Públicas de la AlcaldÃa, las vÃas que se encuentren por fuera de dichos perÃmetros a los departamentos a través de las SecretarÃas de Infraestructura Departamental y la SubsecretarÃas de VÃas y Construcción (concesionadas); y las nó concesionadas al MINISTERIO DE TRANSPORTE a través del Instituto Nacional de VÃas -INVIAS-.
A pesar que las responsabilidades están claramente delimitadas el común denominador es el deterioro permanente por su pésimo mantenimiento inadvertido por las autoridades competentes, su causa, el uso constante y la falta de intervención periódica que suele ocasionar averÃas constantes a los automotores que las transitan y que en definitivas afectan a menudo el bolsillo del ciudadano (ya que el cambio de suspensión o de amortiguadores no es nada económico).
Es decir, son la causa principal de accidentes de tránsito que en la mayorÃa de los casos resultan ser fatales tanto para los conductores, sus pasajeros e inclusive para los transeúntes puesto que por lo general se generan repentinos estallidos de llantas, volcamientos y pérdidas de estabilidad automotriz.
En la práctica, las autoridades responsables sólo asumen correctivos mas no planes preventivos hasta cuando los incidentes son repetitivos y llegan a sus dependencias quejas de los usuarios o sus vÃctimas, o les corresponden en el peor de los casos asumir millonarias indemnizaciones impuestas por los jueces de la república por los daños materiales y morales que se ocasionan a terceros por dichas causas.
Para evitar daños y accidentes; y además procurar que las autoridades asuman una real responsabilidad inmediata y eficaz se recomienda elevar reclamación al competente especificando la dirección exacta del deterioro y reforzándolo con fotografÃas para que se realice inspección ocular del sitio, se determine su real existencia y finalmente se proceda a su intervención debido a que una vÃa en irregular estado pone en riesgo derechos fundamentales como la vida y los bienes de los particulares que el Estado debe proteger y asegurar como lo consagra el preámbulo y el art 2 de la Constitución PolÃtica .
El tiempo de respuesta para este tipo de reclamaciones es de 15 dÃas hábiles y el reclamante, sin necesidad de haber sufrido daño con ocasión al deterioro de la vÃa puede exigir su intervención.
Comparto a continuación MODELO DE RECLAMACIÓN POR DETERIORO DE CARRETERA.
VÃctor Manuel RÃos Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
Whatsapp:Â (316) 2849211-(300) 8189898
Colombia-Sur América
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