La defensa es un impulso natural y necesario para garantizar la autoconservación de las epecies. En materia legal, la defensa se fundamenta en el conocimiento de la ley y el debido manejo de la prueba, sin embargo pese a que en Colombia prevalecen conceptos como que : el deconocimiento de la misma (la ley) no exime de excusa y que nadie puede alegar su propia torpeza; la realidad es que el conocimiento jurídico merece una especialidad no reservada al ciudadano del común como lo son las enfermedades para los médicos, las matematicas y el cálculo para los ingenieros, los arquitectos y los contadores, etc, etc.
Cuando no se es abogado, es posible abordar defensas judiciales en cualquier especialidad (civil, penal, comercial, laboral, familia) o administrativas (como las reclamaciones o requerimientos ante las autoridades de policía, empresas de servicios públicos y de telecomunicaciones, inspecciones de policía, autoridades de tránsito, alcaldías o gobernaciones) simplemente haciendo una lectura detallada del art. 29 de la Constitución Política que corresponde al derecho fundamental al DEBIDO PROCESO, no sin antes aclarar que la sola enunciación le indica al ciudadano como abordar estas situaciones con un enfoque PREVENTIVO mientra se decide contratar a un profesional en derecho.
El Debido proceso, en términos prácticos se define como la sumatoria de las garantías que tiene todo ciudadano en asuntos judiciales y administrativos, y que se resume en los siguientes items:
Todo trámite o procedimiento debe estar contemplado en ley.
Quienes inician y culminan estos procedimientos deben ser los funcionarios competentes, es decir los designados por la ley para adelantarlos, ejemplo: un policía de tránsito para la imposición de ordenes de comparendos, un juez para juzgar asuntos civiles, de familia o penales, un funcionario de fiscalia para llamar a versión libre o su ampliación, etc, etc.
Todo ciudadano tiene derecho a la defensa y a contratar a un abogado de confianza. La defensa implica una participación activa del ciudadano, lo que es igual a que se le muestre todo documento que lo involucre para que esté enterado y sepa que decisión tomar.
Los procedimientos deben ser rápidos o por lo menos no eternos. En nuestro país no es de fácil aplicación, sin embargo el ciudadano siempre debe exigir que todo le sea resuelto en un plazo razonable, que a nuestro juicio no debe sobrepasar un mes, por más compleja que sean las decisiones.
Se debe garantizar el uso de pruebas en reclamaciones, como el derecho a contradecir decisiones, y
A no ser juzgado 2 veces por los mismos hechos.
De este breve resumen se recomienda a todo ciudadano :
No firmar cualquier documento que se le ponga en frente de sus ojos bajo la excusa que si no lo hace se hará responsable de las consecuencias legales o que ello implicará su aceptación.
No asistir a audiencias, reconocimientos o declaraciones sin antes consultarlo con un profesional del derecho de confianza. Por lo general, las autoridades para justificar resultados y estadísticas laborales persuaden al ciudadano para que lo haga, le colocan un abogado de comodín y finalmente lo que se diga puede ser utilizado en su contra por desconocimiento sin darse cuenta.
No entregar documentos personales a las autoridades como cédulas de ciudadanía, pasaporte, tarjeta de identidad o pertenencias, salvo que le entreguen una constancia física (documento) de lo que le están reteniendo.
Grabar mediante dispositivos electrónicos como un celular, cámaras o grabadoras los procedimientos que considere injustos o ilegales. Si no cuenta con los mismos debe verificar en los alrededores cámaras de seguridad que puedan capturar dichos instantes para solicitarlos a los propietarios dentro de las 48 horas siguientes, ya que estos dispositivos suelen tener poca capacidad de almacenamiento.
Si no cuenta con el elemento anterior procurar recojer los datos personales de las personas que presenciaron la arbitrariedad para que puedan declarar en el momento indicado por llamado administrativo o judicial.
A nadie se le puede obligar a presentarse sin abogado ante cualquier autoridad (juez, fiscal, inspección de policía, comisaria, fiscalia, bienestar familiar, etc) bajo la excusa que no es necesario. Y si se hace, se debe solicitar aplazamiento por esta razón y solicitar su reprogramación por algún medio electrónico (mensaje de texto) o fisico (mensajería certificada o especializada) para que quede la prueba y se tenga el tiempo justo y necesario para consultar o recibir el mejor consejo.
Y finalmente, la más importante de todas, acudir a la consulta especializada de un abogado para que le indique cual es el proceso a seguir, ya que desde su punto de vista le permitirá determinar si es prudente o nó continuar con la defensa o reclamación.
Víctor Manuel Ríos Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898
Colombia-Sur América
Quedaste con dudas?. Nosotros te la despejamos. Programa tu cita desde la comodidad de tu ordenador o celular haciendo click AQUI
Para más información de nuestros servicios legales visite nuestra página web:
Comments