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Argumentos legales que protegen a la LIBERTAD DE PRENSA

Actualizado: hace 10 horas

La libertad de expresión es un derecho fundamental que se encuentra en la Constitución Política tanto en el art. 20 como en el 65, e implica múltiples garantías individuales y colectivas como se desprende de su definición de la siguiente manera:


Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.


Este derecho fundamental se protege internamente mediante la Corte Constitucional y de manera internacional para Latinoamérica por la CONVENCION AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en su art. 13, para garantizar el flujo de información tanto para los emisores como para los receptores, abriendo espacios de opinión, de ideas, debates y de libre pensamiento.


Se considera como un derecho vital para las democracias, ya que con base al conocimiento se estructuran las sociedades, las formas de pensamiento y las identidades socioculturales; de allí que una sociedad no informada no es libre.


A parte, cuando se pone en riesgo este derecho de índole democrático, se inestabilizan los otros ya que existe una interdependencia que puede poner en riesgo la vida y la propiedad.


Dentro de los derechos de los periodistas el derecho a expresarse es mucho mas amplio (manifestación primaria y principal de la libertad de expresión del pensamiento), dado que sobre este gremio se abren espacios mucho mas variados de debate público sobre temas de interés para la sociedad.


De esta manera, el periodismo debe ejercerse de manera libre para que el receptor decida, piense y razone; sin embargo, bajo la lupa siempre que los señalamientos a terceros no constituyan serios riesgos a tercero y a su grupo familiar.


En otras, que el derecho no es absoluto y donde encuentra sus límites es en la carga de veracidad, así como en los derechos fundamentales a la intimidad, honra, buen nombre e imagen como lo recuerda el art. 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala que todos los estados miembros de la ONU, no puede permitir que una persona se entrometa a otra, en asuntos privados, toda vez que su honor, buen nombre e imagen no deben ser vulnerados.


Y de igual manera se consagran sus límites en el art. 17 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos donde se recuerda que nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.


Si usted es periodista o difunde material escrito por cualquier medio tenga en cuenta que:


1.Esta prohibida la censura previa.

2.El ejercicio de comunicar implica responsabilidad social, es decir el derecho a informar a la sociedad, requisito indispensable para que ésta goce de una plena libertad y el debate público se fortalezca.

3.La verdad que maneja el periodista puede que no sea absoluta, pero debe ser razonable con base a la consulta de fuentes.

4.No le tenga miedo a una rectificación. A muchos les incomoda que le digan la verdad y cuando se refiera a delitos refiérase siempre al presunto: responsable, actor, homicida, delincuente, etc.

5.Cuando le pidan rectificar información, amplie y señale que su postura tiene protección del estado y en el marco interamericano. Siempre justifique sus apreciaciones pero no se arrepienta ni las modifique sustancialmente.

6.Si lo critican por lo que publica, alégrese. Esta generando opinión.

7.Delitos como la injuria y la calumnia, tienen poca efectividad frente al ejercicio de este derecho constitucional y estan destinados a desaparecer según la orientaciones internacionales. No les tenga miedo.


De todos modos, cada caso que ponga en tela de juicio el derecho a expresarse tiene sus particularidades y se debe ponderar para determinar si hubo o no extralimitación en el uso de la información, dado que el pensamiento es un atributo humano y un derecho universal.


Víctor Manuel Ríos Mercado

Abogado Magister en Derechos Humanos

Instituto Europeo Campus Stellae de España

Whatsapp: (316) 2849211-(300) 8189898

Colombia-Sur América


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